lA juez Tercero de Distrito de Chihuahua, Alma Delia Delgado Ramírez otorgó un amparo a los jueces que dejaron en libertad al presunto asesino de Rubí Fraire, Rafael Barraza Bocanegra; Netzahualcóyotl Zúñiga Vázquez; Catalina Ochoa Contreras y Rafael Boudib Jurado, para suspender la conclusión del juicio político que en su contra lleva a cabo el Congreso del Estado.
Por su parte, el Consejo de la Judicatura Federal otorgó la suspensión definitiva para que el Congreso de Chihuahua no vote la resolución de la Comisión Jurisdiccional, hasta que se resuelva en juicio de amparo correspondiente.
Cabe recordar que este caso también está relacionado con el asesinato de Marisela Escobedo, madre de Rubí, quien tras la muerte de su hija emprendió la lucha en busca de castigar el responsable, misma que le costó la vida.
En relación con el amparo otorgado a los jueces, el diputado local Gabriel Sepúlveda Reyes, quien preside la Comisión Jurisdiccional del Congreso estatal que lleva el juicio político contra los impartidores de justicia, aseguró que el amparo no suspende el proceso, pero sí lo aplaza.
Agregó que ese recurso es improcedente por la falta de interés jurídico y porque existe jurisprudencia de la Corte en el sentido de que no se pueden otorgar amparos contra fallos de los poderes legislativos en contra de funcionarios de cualquiera de los tres poderes.
Por su parte, el Consejo de la Judicatura Federal otorgó la suspensión definitiva para que el Congreso de Chihuahua no vote la resolución de la Comisión Jurisdiccional, hasta que se resuelva en juicio de amparo correspondiente.
Cabe recordar que este caso también está relacionado con el asesinato de Marisela Escobedo, madre de Rubí, quien tras la muerte de su hija emprendió la lucha en busca de castigar el responsable, misma que le costó la vida.
En relación con el amparo otorgado a los jueces, el diputado local Gabriel Sepúlveda Reyes, quien preside la Comisión Jurisdiccional del Congreso estatal que lleva el juicio político contra los impartidores de justicia, aseguró que el amparo no suspende el proceso, pero sí lo aplaza.
Agregó que ese recurso es improcedente por la falta de interés jurídico y porque existe jurisprudencia de la Corte en el sentido de que no se pueden otorgar amparos contra fallos de los poderes legislativos en contra de funcionarios de cualquiera de los tres poderes.
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