MÉXICO, D.F. (Notimex).- La Secretaría de Hacienda publicó la miscelánea fiscal para 2014, que establece las reglas generales dictadas por las autoridades fiscales en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los de comercio exterior.
En una resolución, expedirá por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia detalla en dos libros y anexo las disposiciones generales que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada.
En el libro primero se establecen las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en materia de medios electrónicos, devoluciones y compensaciones, de la inscripción y de los avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
De igual forma, prevé los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general y comprobantes fiscales que se emitan.
Establece los lineamientos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o Factura Electrónica, de los proveedores de servicios de certificación del documento, su expedición por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas del sector primario, arrendadores, mineros, enajenantes de vehículos usados y recicladores por los adquirentes de sus bienes o servicios.
Asimismo, de la expedición de CFDI por concepto de nómina y otras retenciones, contabilidad, declaraciones para realizar pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de personas físicas, por vía Internet y ventanilla bancaria, además de las facultades de las autoridades fiscales.
La publicación también incluye las disposiciones generales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en cuanto a los ingresos, deducciones, inversiones, del régimen opcional para grupos de sociedades, de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, así como de las obligaciones de las obligaciones de las personas morales.
Se refiere además a los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
De igual forma, la dependencia menciona que la resolución prevé las disposiciones transitorias de la Ley del ISR y las disposiciones generales de los impuestos al Valor Agregado (IVA) , Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y sobre automóviles nuevos.
Respecto al libro segundo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señala en la resolución que éste consta de las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en cuanto a la presentación de declaraciones de pagos provisionales y definitivos vía Internet de personas físicas y morales.
Se refiere a los decretos y facilidades de pago de ISR e IVA y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción.
Establece además aspectos de infracciones y delitos fiscales, acreditación de la calidad de fondo de pensiones y jubilaciones del extranjero y fondo de inversión o persona moral en los que participan dichos fondos.
Incluye también regímenes fiscales preferentes, y el procedimiento para verificar que los vehículos usados fueron utilizados en el servicio público de autotransporte federal de carga o pasajeros.
El documento, en vigor a partir del 1 de enero próximo, consta de 47 artículos transitorios y un anexo que prevé lasa cifras actualizadas de la Ley Federal de Derechos para el próximo año de diversos servicios.
En una resolución, expedirá por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia detalla en dos libros y anexo las disposiciones generales que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada.
En el libro primero se establecen las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en materia de medios electrónicos, devoluciones y compensaciones, de la inscripción y de los avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
De igual forma, prevé los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general y comprobantes fiscales que se emitan.
Establece los lineamientos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o Factura Electrónica, de los proveedores de servicios de certificación del documento, su expedición por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas del sector primario, arrendadores, mineros, enajenantes de vehículos usados y recicladores por los adquirentes de sus bienes o servicios.
Asimismo, de la expedición de CFDI por concepto de nómina y otras retenciones, contabilidad, declaraciones para realizar pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de personas físicas, por vía Internet y ventanilla bancaria, además de las facultades de las autoridades fiscales.
La publicación también incluye las disposiciones generales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en cuanto a los ingresos, deducciones, inversiones, del régimen opcional para grupos de sociedades, de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, así como de las obligaciones de las obligaciones de las personas morales.
Se refiere además a los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
De igual forma, la dependencia menciona que la resolución prevé las disposiciones transitorias de la Ley del ISR y las disposiciones generales de los impuestos al Valor Agregado (IVA) , Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y sobre automóviles nuevos.
Respecto al libro segundo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señala en la resolución que éste consta de las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en cuanto a la presentación de declaraciones de pagos provisionales y definitivos vía Internet de personas físicas y morales.
Se refiere a los decretos y facilidades de pago de ISR e IVA y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción.
Establece además aspectos de infracciones y delitos fiscales, acreditación de la calidad de fondo de pensiones y jubilaciones del extranjero y fondo de inversión o persona moral en los que participan dichos fondos.
Incluye también regímenes fiscales preferentes, y el procedimiento para verificar que los vehículos usados fueron utilizados en el servicio público de autotransporte federal de carga o pasajeros.
El documento, en vigor a partir del 1 de enero próximo, consta de 47 artículos transitorios y un anexo que prevé lasa cifras actualizadas de la Ley Federal de Derechos para el próximo año de diversos servicios.
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