El Congreso del Estado de Chihuahua, solicitará la implementación de un programa para atender el déficit de guarderías que hay en el municipio de Ojinaga. Por otra parte, se realizarán modificaciones al Código Civil del Estado, con el fin de agilizar el procedimiento para la ratificación de la autorización de los padres para que su hijo o hija sea dado en adopción.


Lo anterior fue puesto a consideración del Pleno del Poder Legislativo por la Comisión de Equidad, Género y Familia.
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Esta Comisión, expuso que es considerable el desabasto de espacios encargados del cuidado de pequeños, cuando sus madres acuden a sus áreas laborales. Por ello, los diputados integrantes de la Sexagésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Estado, solicitarán a los Poderes Ejecutivos Federal, Estatal y al Ayuntamiento de Ojinaga, Chihuahua, que se busquen mecanismos necesarios que permitan la implementación de estrategias para subsanar el déficit de guarderías, para poder garantizar el derecho de los niños y niñas a la protección de su integridad y sano desarrollo y, de igual forma, el de las mujeres trabajadoras de acceder para sus hijos a este tipo de servicios
Por otra parte, quedará reformado el Código Civil del Estado de Chihuahua, adicionando una Fracción I al Artículo 374, para agilizar el procedimiento de adopción, mediante la realización más ágil de la ratificación de los padres biológicos del menor; por lo anterior, la modificación quedará expresa de la siguiente manera:


Artículo 374. ……………:
I. ………………..
Cuando las personas referidas se presenten ante la Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social o ante los Sistemas Estatal o Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, para otorgar el consentimiento en los términos de esta fracción, corresponderá a dichas autoridades trasladarlos ante el juez competente, quien levantará en el mismo acto la constancia relativa, siguiendo el procedimiento establecido para las diligencias de jurisdicción voluntaria, aun y cuando no se hubiese iniciado el trámite de adopción.
II.- al IV.- ………
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