Elgo inédito sucedio en el congreso local del estado de Chihuahua debido a la presión de los ciudadanos a travez de la red social Facebook que provocó que un diputado federal del PRI solicitara retirar la iniciativa que presentó para sancionar con prisión todo insulto, injuria y difamación electoral, tales como las acusaciones que se hagan a candidatos e instituciones políticas de supuestos vínculos con el narco.

Las famosa red social de Facebook fue la herramienta para que el iniciador de esta iniciativa presentada el 27 de enero del 2010, el diputado federal Arturo Zamora, al recibir una andanada de críticas en Facebook y Twitter se retractara de presentarla para votar este 7 de septiembre del 2011, ya que la sociedad comenzó a calificar la reforma como una versión moderna de la “ley mordaza” contra la libertad de expresión.

El diputado tras la presión anunció que solicitará a la Comisión de Justicia del Congreso retirar el dictamen de iniciativa, reconociendo que se tendrá que hacer un más juicioso que permita garantizar el derecho a la información claramente y la libertad de expresión.

Arturo Zamora al reconocer que hay críticas que son de gran utilidad y que no tienden a ser injurias, tuvo que replantear su propuesta señalado que trata de combatir a guerra sucia en campañas electorales y privilegiar las propuestas de gobierno.

Cabe señalar que la iniciativa dictaminada en reforma al Artículo 412 Bis del Código Penal mexicano contempla castigar con seis meses a seis años de prisión a quienes expresaran calumnias, diatribas o injurias en contra de partidos, candidatos o precandidatos electorales.

Arturo Zamora enfrentó 17 procesos por calumnias de vínculos con el narcotráfico durante los comicios electorales y su reforma propuesta quedaría de la siguiente manera:

“Artículo 412 Bis. Se impondrán de cien a doscientos días de multa y prisión de uno a seis años a quien injurie o difame a las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos, precandidatos, candidatos o coaliciones; si el responsable fuese funcionario electoral, funcionario partidista, precandidato, candidato o servidor público, la pena será de 200 a 300 días de multa y prisión de dos a nueve años”.
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